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PISOS GALICIA : SOBRE LOS CREDITOS E HIPOTECAS
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| COMISIONES |
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Comisión de apertura.
Engloba los gastos originados en las entidades financieras por la tramitación
de un contrato crediticio. Se expresa en tanto por ciento del importe del préstamo,
la cuantía de esta comisión se cobra de una sola vez, cuando se firma el
contrato. Hay entidades en las que incluso dicha comisión es nula. A la
hora de negociar con la entidad es importante conseguir una rebaja en la
comisión de apertura. Comisión de cancelación o amortización anticipada.
Generalmente las entidades financieras reconocen a sus clientes el derecho a
cancelar el préstamo hipotecario total o parcialmente antes de que termine
el plazo. Al cancelar el préstamo total o parcialmente las entidades
financieras cobran una comisión, que es un porcentaje sobre la cantidad
cancelada o entregada a cuenta. La posibilidad de poder realizar
cancelaciones parciales sin comisión es un aspecto muy a tener en cuenta
sobre todo en aquellos casos en los que se tenga capacidad de ahorro. Comisión de subrogación.
La subrogación consiste en el cambio de hipoteca de una entidad financiera
a otra, variando el tipo de interés, y manteniendo las mismas condiciones
en cuanto a vencimiento de la operación e importe pendiente de amortizar.
La entidad financiera tiene que estar de acuerdo para que se lleve a efecto
la subrogación, derivándose el pago de la correspondiente comisión por
parte del subrogado. |
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